¿VUELO CANCELADO O RETRASADO?

¿VUELO CANCELADO O RETRASADO?

Atención La U.E evalúa cambios en las compensaciones.

¿VUELO CANCELADO O RETRASADO? al parecer en el futuro las compensaciones a los pasajeros no serán las mismas de hoy.

La U.E evalúa cambios en las compensaciones lo cual parece no beneficiará del todo al ya golpeado pasajero europeo, el cual enfrenta constantemente, retrasos a causa de las huelgas de las aerolíneas.

Por otro lado, las compañías aéreas defienden la reforma alegando que las reglas actuales les imponen cargas financieras excesivas, especialmente en situaciones excepcionales como la crisis de las cenizas volcánicas en 2010.

Las negociaciones continúan y la decisión final de la Unión Europea definirá el equilibrio entre la protección de los pasajeros y la viabilidad económica de las aerolíneas.

La UE evalúa cambios en las compensaciones por vuelos cancelados o retrasados. La Unión Europea está considerando modificar las regulaciones sobre indemnizaciones a pasajeros por cancelaciones y retrasos en vuelos.

Actualmente, Bruselas debate propuestas que podrían reducir los derechos de los viajeros, lo que representaría un cambio importante en la normativa que ha convertido a Europa en una de las regiones con mayor protección para los pasajeros aéreos.

Normativa vigente y cambios propuestos

Según la legislación actual (Reglamento CE 261/2004), los pasajeros tienen derecho a compensaciones económicas de entre 250 y 600 euros si sus vuelos se retrasan más de tres horas, se cancelan o si se les niega el embarque. Sin embargo, las nuevas propuestas buscan modificar estos criterios.

Entre los cambios en discusión, se plantea aumentar el umbral de retraso que permite a los pasajeros recibir compensación. Por ejemplo, en lugar de tres horas, las aerolíneas solo estarían obligadas a indemnizar a partir de cinco horas en vuelos de corto alcance y hasta nueve o doce horas en trayectos más largos. También se propone limitar la obligación de las aerolíneas de cubrir alojamiento en casos de fuerza mayor, como desastres naturales.

Otro punto clave es la definición de “circunstancias extraordinarias”, que eximiría a las aerolíneas de pagar compensaciones en casos como huelgas de controladores aéreos o fenómenos meteorológicos adversos. Sin embargo, los problemas técnicos de mantenimiento seguirían siendo responsabilidad de las compañías.

Reacciones y perspectivas

Las asociaciones de consumidores han manifestado su preocupación por estas modificaciones, señalando que una mayor flexibilidad en las reglas podría afectar a la mayoría de los pasajeros afectados por retrasos. Argumentan que las aerolíneas podrían perder incentivos para minimizar las demoras.

Por otro lado, las compañías aéreas defienden la reforma alegando que las reglas actuales les imponen cargas financieras excesivas, especialmente en situaciones excepcionales como la crisis de las cenizas volcánicas en 2010.

Las negociaciones continúan y la decisión final de la Unión Europea definirá el equilibrio entre la protección de los pasajeros y la viabilidad económica de las aerolíneas.

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